Mujeres árbitras en la Edad Media: del aula a su recreación histórica




Sólo con dar una ojeada a la documentación que se ha conservado de fechas cercanas al año mil percibimos un cierto tono femenino. Si nos ponemos a analizar su presencia en profundidad nos daremos cuenta de que ellas no solamente están, sino que tienen acento y voz acento propias”, Teresa Vinyoles Vidal.

Para mí no había duda de que en el Aragón bajomedieval habían existido mujeres sabias, mujeres que eran más que letradas, más que poderosas, mujeres con una autoridad y buen criterio reconocido, valorado y respetado pública mente”, Carmen García Herrero.

La recreación histórica está en constante evolución y mejora, buscando nuevas cuestiones que reconstruir y divulgar. La última edición de la recreación histórica de Foces 2019 hemos centrado en conflictos del siglo XIII, por motivos heráldicos y de pastos. La resolución de los mismos, cuando iba a llegar al derramamiento de sangre entre las mesnadas de los dos señores, se resolvió por medio del arbitraje de una mujer. Y es de esto de lo que voy a hablar en las siguientes líneas. Una vez más, ha sido toda una delicia llevar a recreación un pedacito de las enseñanzas de Carmina García Herrero. No me cansaré de recordar aquellas clases de “Cultura y mentalidades en la Edad Media” e “Historia económica y social de la Edad Media”.

En la cultura popular sigue persistiendo una visión de la Edad Media en el que la mujer estaba totalmente oprimida y encerrada en el hogar o el convento, sin ningún tipo de poder, salvo excepciones, como la heroína Juana de Arco o la reina Isabel la Católica. En algunos casos, en Aragón alguien recuerda el dicho de “más vale ser viuda en Aragón que reina en Castilla”, para poner en valor los derechos forales que protegían a las viudas aragonesas del medievo. Pero a pesar de los notables trabajos de profesionales de la Historia, como la citada Carmen García Herrero (se pueden consultar algunas de sus obrasonline), en donde se habla de artesanas, parteras, árbitras, reinas…, persiste en gran medida una mirada, construida por el historicismo burgués decimonónico, en el que retrospectivamente convirtieron a las mujeres medievales en ideales de “ángel del hogar”.

Si a raíz de Foces 2018 hablamos de parturientas y parteras (enlace), con ocasión de la recreación de Foces 2019 hablamos de mujeres con poder que ejercieron de árbitras y mediadoras en la Edad Media. En esta recreación hemos elegido a Doña Godo de Foces como uno de los personajes principales, en el papel de árbitra y mediadora entre dos banderías feudales rivales. Y es que, Godo, del linaje Foces (familia muy importante en el Aragón de Jaime I y Pedro III), fue abadesa de la Encomiendo de la Orden de San Juan del Hospital de La Almunia, Cabañas, Alpartir y Grisén en la segunda mitad del siglo XIII. Cumplía requisitos para que se le reconociera poder, carisma y autoridad, por su familia Foces, por su estatus social de noble, y por su condición religiosa como abadesa.



Todo ello está basado históricamente en multitud de casos de mujeres que ejercieron el poder en la Edad Media, ya fueran reinas, nobles o abadesas. Hasta el siglo XV hubo una activa participación de la mujer en la economía, el derecho y la sociedad en general. Como señala la historiadora Teresa Vinyoles, para los siglos X y XI, “las mujeres de los grupos dominantes ejercen el poder al lado de sus maridos, pero también las vemos actuar solas en vida de los mismos”, como por ejemplo Toda Galíndez, condesa de Ribagorza; Ermesenda de Barcelona, condesa de Barcelona, que presidía juicios en la ciudad condal; o Arsenda de Urgell que participó en la conquista, repoblación y pacificación de los territorios del condado a mediados del siglo XI. Para los siglos XII y XIII destacan, en la Península Ibérica cristiana, mujeres de la realeza como Sancha Raimundez, consejera de su hermano el rey Alfonso VII de Castilla y León y mediadora política entre sus sobrinos o Berenguela de Castilla. Junto a ellas, religiosas como la priora de Sijena (Orden del Hospital) que mandaba sobre la rama femenina y masculina, la abadesa de las Huelgas Inés Laynez que mantuvo controversias con el Papado y los obispos, o María Fernández, del, monasterio benedictino de San Pedro de Ramirás. Ya a comienzos del siglo XV encontramos a María de Castilla, reina de Aragón,  evitó la fallida batalla de Cogolludo en 1429, presentándose en el campo de batalla e impidiendo el derramamiento de sangre entre Álvaro de Luna y los infantes de Aragón. Y fuera del ámbito hispano, las más famosas son la reina Leonor de Aquitania (1122-1204) e Hildegarda de Bingen (Sacro Imperio Romano Germánico, 1098- 1179) abadesa, compositora, escritora, filósofa, mística, líder monacal, médica, profetisa y consejera del Emperador Federico II Barbarroja.



Una vez dejada clara la presencia e intervención de las mujeres medievales, vayamos con el arbitraje y las mujeres que lo ejercieron. Para ello, sigo las investigaciones de García Herrero, quien señala como “mediante el arbitraje, las partes, de común acuerdo, con fían la resolución de sus diferencias a uno o más árbitros, a quienes dotan para la ocasión de un poder extraordinario, puesto que se encuentra limitado en el tiempo y afecta sólo a las materias sometidas a su juicio”. Esta vía de resolución de conflictos era un juicio privado, que se podía simultanear con la justicia oficial e institucionalizada, pero que era a menudo más rápido y flexible. Este tipo de “justicia privada por arbitraje gozó de enorme extensión y predicamento en el Reino de Aragón” durante la Baja Edad Media. También existía en otros lugares. El historiador Bouchat lo ha estudiado para la Lieja del siglo XIII, localizando a mujeres investidas de autoridad moral por dos partes en conflicto para ejercer justicia privada.



Carmen García Herrero ha puesto nombre a doce árbitras aragonesas bajomedievales (Doña Violante Manent, Doña Leonor Ruiz, Doña María Jiménez de Liñán…). “Todas las árbitras, sin excepción, gozaron de autoridad y prestigio, fueron mujeres influyentes y, en algunos casos, muy poderosas”. Actuaron en casos de testamentos, deudas, herencias, enfrentamientos de bandos

Así pues, una vez más, el grupo Feudorum Domini junto a otros recreadores y recreadoras, con la ayuda del pueblo de Ibieca, hemos recreado otro pedacito de la Historia, interesante y rica en su complejidad.

Daniel Aquillué Domínguez

BIBLIOGRAFÍA:

  • CANELLAS, Ángel: Colección diplomática de La Almunia de Doña Godina, 1176-1395, Institución Fernando el Católico, Zaragoza, 1962.
  • GARCÍA HERRERO, María del Carmen: “Árbitras, arbitradoras y amigables componedoras en la Baja Edad Media aragonesa”.
  • Peláez Fernández, Palmira: “Mujeres con poder en la Edad Media: las órdenes militares”, Cuaderno de Estudios Manchegos, 34 (2009), pp. 169-207.
  • SEGURA GRAIÑO, Cristina: “Las mujeres mediadoras y/o constructoras de la paz”, en ARRANZ GUZMÁN Ana et alii (coords.): Guerra y paz en la Edad Media, Sílex, Madrid, 2013, pp. 421- 438.
  • VINYOLES VIDAL, Teresa: “Mujeres del año mil”, Aragón en la Edad Media, 17 (2003), pp. 5-26.


FOTOGRAFÍAS: Luis Sorando López, Asociación Feudorum Domini.



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